En respuesta al brote de fiebre amarilla que ha afectado diversas regiones de Colombia, el Ministerio de Trabajo ha emitido la Circular 0045 de 2025, que establece directrices claras de prevención y control para mitigar los riesgos de exposición al virus en los entornos laborales. Estas medidas se enmarcan dentro del contexto del Sistema General de Riesgos Laborales y buscan asegurar la salud y el bienestar de los trabajadores ante la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Responsabilidades de los Empleadores: Implementación de Medidas de Prevención
- Educación y Sensibilización: Es fundamental proporcionar capacitación a los trabajadores sobre los modos de transmisión, los síntomas de la fiebre amarilla, y las acciones a seguir en caso de sospecha de contagio. Además, deben sensibilizar sobre la importancia de las medidas de prevención.
- Uso de Elementos de Protección Personal (EPP): Los empleadores deben entregar y monitorear el uso adecuado de EPP para prevenir la exposición al virus. Esto incluye medidas como el uso de ropa protectora y repelentes, especialmente en áreas de trabajo donde se identifiquen criaderos de mosquitos.
- Control de Vectores: Implementar protocolos que incluyan la eliminación de criaderos de mosquitos en las instalaciones de la empresa. Se debe llevar a cabo la limpieza regular de espacios, así como fumigaciones periódicas para reducir el riesgo de propagación.
- Vigilancia de la Salud: Establecer procedimientos para detectar síntomas relacionados con la fiebre amarilla. Si algún trabajador presenta síntomas como fiebre, dolor muscular o náuseas, debe ser remitido inmediatamente a su IPS para una evaluación médica, y se debe reportar a la ARL y a la EPS correspondiente si el caso es confirmado.
- Impacto Psicológico: Se debe poner especial atención al bienestar emocional de los trabajadores, ya que la incertidumbre y el miedo ante el brote pueden generar un alto nivel de estrés. Los empleadores deben implementar protocolos de intervención en salud mental para mitigar estos efectos y ofrecer soporte a su equipo.
Responsabilidades de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL)
- Capacitación y Asesoría: Las ARL deben ofrecer capacitación a las empresas sobre cómo reducir el riesgo de fiebre amarilla, proporcionando asistencia técnica y difundiendo los lineamientos establecidos por las autoridades sanitarias.
- Asesoría sobre el Riesgo Biológico: Las ARL deben asesorar sobre los peligros relacionados con riesgos biológicos, especialmente aquellos derivados de la fiebre amarilla, y garantizar que las empresas implementen estrategias preventivas adecuadas.
Acciones para los Trabajadores: Protección Personal y Reportes de Salud
- Cumplir con las medidas de prevención adoptadas por el empleador, asistir a las capacitaciones y utilizar los elementos de protección personal proporcionados.
- Informar sobre su estado de salud: Los trabajadores deben comunicar de manera veraz y clara cualquier síntoma relacionado con la fiebre amarilla, así como reportar la presencia de criaderos de mosquitos en su entorno laboral.
Sanciones por Incumplimiento
El incumplimiento de las medidas preventivas y de control por parte de los empleadores será sancionado conforme a lo establecido en la Ley 1562 de 2012 y en el Decreto 1072 de 2015, con la competencia para adelantar investigaciones y aplicar sanciones recayendo en las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo.
En Oscar Henao & Asociados, ofrecemos asesoría jurídica estratégica para ayudar a las empresas a cumplir con las directrices establecidas en esta circular y en la normativa vigente, asegurando la protección de la salud de los empleados y el cumplimiento normativo. Contáctanos para adaptar tu empresa a las nuevas medidas sanitarias y proteger tanto a tu equipo como a tu operación empresarial.