El 30 de junio de 2025 se acerca rápidamente, y con ello la fecha límite para el pago de la prima de servicios correspondiente al primer semestre del año en Colombia. Esta prestación social es un derecho fundamental de los trabajadores, establecido por el Artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, y debe ser pagada puntualmente por todos los empleadores del país. No cumplir con este requisito legal puede acarrear sanciones significativas, por lo que es crucial que las empresas tomen las medidas necesarias para evitar problemas legales y financieros.

La prima de servicios es un derecho laboral que corresponde a todos los trabajadores dependientes, tanto del sector privado como público (con ciertas excepciones en el sector público territorial). Esta prestación equivale a 15 días de salario por cada semestre trabajado, y el plazo para el pago es claro: antes del 30 de junio de cada año.

Cálculo de la Prima de Servicios

Para el año 2025, el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV) en Colombia es de $1.423.500, y el auxilio de transporte se establece en $200.000, sumando un total mensual de $1.623.500.

Fórmula

(Salario base × Días trabajados) / 360

  1. Salario Base: Incluye el salario mensual más el auxilio de transporte, pero este último solo aplica si el trabajador recibe hasta dos salarios mínimos.
  2. Días trabajados: Normalmente se consideran 180 días si el trabajador ha trabajado el semestre completo. Si no, la prima será proporcional al tiempo trabajado.

Ejemplo:

($1.423.500 + $200.000) × 180 ÷ 360 = $811.750

Por lo tanto, el trabajador recibirá una prima de servicios de $811.750 por el primer semestre del año.

Excepciones y Proporcionalidad

Si el trabajador no ha laborado durante los 6 meses completos, la prima se paga de forma proporcional al tiempo trabajado. Los trabajadores de servicio doméstico y otros empleados dependientes también tienen derecho a recibirla.

Sanciones por Incumplimiento

El incumplimiento del pago de la prima dentro del plazo establecido genera sanciones que pueden oscilar entre 1 y 5,000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Además, el empleador deberá pagar una indemnización moratoria, equivalente a un día de salario por cada día de retraso.

Las autoridades laborales pueden imponer multas, y los trabajadores pueden presentar reclamaciones ante el Inspector de Trabajo, lo que conlleva a la supervisión estatal de la correcta distribución de los beneficios laborales.

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